CCOO exige la inmediata aplicación en el Sistema Nacional de Salud de la clasificación profesional contemplada en el artículo 76 del Estatuto Básico del Empleado Público, acabando con la innecesaria transitoriedad de la Disposición Transitoria Tercera.
CCOO defenderá en la Mesa General de las Administraciones Públicas y en las Mesas Negociadoras de las Comunidades Autónomas esta exigencia.
El Personal Sanitario dispone ya de su titulación habilitante. El Personal de Gestión y Servicios deberá acceder a la nueva clasificación profesional a través de lo regulado en el art. 34 del Estatuto Marco para la promoción interna y otras disposiciones legales en vigor.
CCOO defiende la equivalencia histórica entre Personal Sanitario y No Sanitario
CCOO defiende la extinción del Grupo E (Agrupaciones Profesionales) y su paso al grupo C2
Hasta la entrada en vigor del Estatuto Básico del Empleado Público (EBEP), al personal estatutario del Sistema Nacional de Salud (SNS) le era de aplicación la clasificación profesional regulada en el Estatuto Marco, dónde se determinaba la equiparación con los grupos de clasificación del personal funcionario (A, B, C, D y E).
En Abril ´07 se pública el EBEP, norma básica aplicable al personal que presta servicios en el ámbito de las Administraciones Públicas, donde estamos incluidos el personal estatutario, funcionario y laboral.
El EBEP regula en su artículo 76 una nueva clasificación profesional que introduce algunas modificaciones importantes como son:
1. Subdivisión del grupo A, incluyendo a los titulados universitarios en dos subgrupos A1 y A2.
2.- Creación de un nuevo grupo B, donde se incluye a los técnicos superiores de FP.
3. División del grupo C en dos subgrupos: C1, donde están encuadrados los técnicos de FP y bachiller y C2 para graduados en ESO
4.- Desaparición del grupo E y su transformación en Agrupaciones Profesionales.
Los Presupuestos Generales del Estado de 2008, no adecúan las retribuciones básicas al nuevo modelo de clasificación profesional.
Ante esta realidad, CCOO planteará el incremento de las retribuciones básicas.
CCOO defenderá en la Mesa General de las Administraciones Públicas y en las Mesas Generales y Sectoriales de las CCAA la aplicación inmediata del artículo 76 del EBEP.
CCOO demandará una nueva adscripción de las diferentes categorías a los nuevos grupos profesionales, tal y como reflejamos en la tabla adjunta
CCOO exigirá la aplicación del artículo
34 del Estatuto Marco, promoción interna, para el personal encuadrado
en el antiguo grupo E adscrito a las actuales agrupaciones profesionales,
así como al personal no sanitario de los anteriores grupos C y D
Estatuto Básico del Empleado Público ¡YA! (descargate
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Tabla
de cómo debe de ser la Clasificación Profesional